Los trabajadores en relación de dependencia y de temporada, titulares de la Prestación por Desempleo, de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y de una Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra pueden acceder al cobro de la Asignación Familiar por Matrimonio, por única vez, a partir de los 2 meses y hasta los 2 años posteriores a la fecha del casamiento.
El trámite puede realizarse a través del sistema de Atención Virtual. Para ello, es necesario que los datos del grupo familiar, matrimonio, domicilio y contacto estén registrados y actualizados en ANSeS. También es posible efectuarlo en una oficina del organismo con turno previo.
Es importante tener en cuenta que para solicitar esta asignación, los ingresos de la pareja y de cada uno de sus integrantes no deben superar los topes máximos vigentes.
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